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¿Cómo obtener la licencia de armas en España?

 



Desde el blog de El Mercenario os enseñaremos cuáles son los pasos a seguir para la obtención de la Licencia de Armas en España. Hay varios tipos de licencias de armas y por ello voy a tratar de desglosar cada una de ellas e intentar facilitar para los interesados y futuros poseedores de armas en España, cómo se obtiene y el proceso que conlleva tramitar dichas licencias. 


Muchos que nos leen y que nos siguen en este maravilloso mundo del preparacionismo piensan que en España el uso de armas está inaccesible para el resto de los mortales, pero nada más lejos de la realidad. Cualquier ciudadano español o nacionalizado en España puede obtener la licencia de armas para su uso y disfrute dentro de los centros habilitados para las actividades cinegéticas. 

Las actividades de las que podemos disfrutar no solo se centran en la actividad de la caza, sino que también disponemos de otras muchas actividades para con las armas personales en España. Si lo que buscas en la materia de armas es una escopeta por ejemplo, dispones de las zonas cinegéticas habilitadas para la actividad del Tiro al Plato como también de modalidades de IPSC dónde lo tengan habilitado.

Al igual que ocurre como en otros deportes, el mundo cinegético también se predispone para el uso en galería o campo de tiro para el Tiro de Precisión y larga distancia. Todo depende de lo que busques en materia de armas dentro de la legalidad vigente y la posibilidad que nos brinda las leyes respecto al uso y disfrute de las armas en España. 

Desgraciadamente, esto no es España y no Estados Unidos dónde tienen una Enmienda que les otorga a cada ciudadano el derecho de armas desde su nacimiento. Aquí en España tenemos una legislación más prohibitiva que de derecho y la tendencia al uso de armas tiende más al peligro del usuario legal que no del delincuente que usa armas ilegales. Desde que obtienes tu licencia y te compras tu primer arma, pasas a ser un ciudadano peligroso a ojos de la actual legislación. 

Pero dentro de lo malo y adaptando nuestras opciones, podemos seguir disfrutando de ello y por lo tanto vamos a lo que realmente importa y para lo que estáis aquí. 


Primeros pasos

Has llegado hasta aquí porque has decidido formar parte de la comunidad armada de España para desarrollar las múltiples disciplinas y entretenimiento en materia de armas. Has hecho bien. 
Lo primero que debemos de hacer para obtener información con respecto a la obtención de la Licencia de Armas es acudir a la Comandancia de la Guardia Civil y pedir información en la Intervención de Armas y Explosivos haciendo referencia a nuestras inquietudes y preguntas. 

Lo segundo que debemos tener claro es el tipo de arma que buscamos y el uso futuro que le vamos a dar. Si lo que buscas es formar parte de la comunidad armada de España, debemos tener claro el objetivo del presente. Si nuestros gustos pertenecen a las Armas Largas Rayadas, denominadas por el Reglamento de Armas como Armas de Caza Mayor, debemos solicitar la Licencia de Tipo D que son las amparadas en la categoría 2ª.2: Armas de fuego largas rayadas. 
Si lo que queremos es una escopeta para el tiro al plato o la caza menor, debemos solicitar la Licencia de Armas de Tipo E, denominadas por el Reglamento de Armas como Licencia de Caza Menor, la cual ampara las Escopetas de ánima lisa y Carabinas del 22 americano o 22 Long Rifle en la categoría 3ª.2: Escopetas y armas de fuego largas de ánima lisa. 


Bien, llegamos a un punto en el que tenemos más o menos una idea de lo que queremos y nos decidimos a solicitar la Licencia de Caza Menor o de Tipo E, como también se denomina. Tendremos que bien personarnos a la Intervención de Armas y Explosivos de La Guardia Civil de la residencia donde vivamos o bien hacer nosotros mismos la solicitud mediante la página web de la Guardia Civil.


Examen teórico

Para poder obtener nuestra Licencia de Armas debemos pasar unas pruebas de aptitud teórica y práctica nada del otro mundo. En la misma web de la Guardia Civil podemos descargar el temario necesario para el estudio y aprobado del examen teórico y el cual os voy a facilitar aquí mismo para tenerlo más directo. El examen es de tipo test y se fundamenta en los conocimientos sobre el manejo y la seguridad de un arma como también sobre las categorías y sanciones al reglamento, el cual esto último inciden bastante. El total a estudiar sobre el examen teórico son de 400 preguntas en las cuales en el examen final se seleccionarán 20 de ellas para su realización y serán 16 de éstas las que han de ser respondidas y acertadas para tener un aprobado sobre ello. 

Una vez que el Guardia Civil encargado de la supervisión del examen nombre a los aprobados o nombre a los suspensos, nos indicarán el lugar del examen práctico al cual debemos dirigirnos seguidamente.

Examen práctico

Una vez que nos personemos al lugar dónde se realizará el examen práctico, se seguirán las instrucciones que nos irán diciendo en el momento los agentes de la Guardia Civil allí presentes. 
El examen consta de dos pruebas lógicas y sencillas y que el azar aquí no interviene sino la prudencia y la seguridad de uno mismo ante aquello.
El examen se realizará siguiendo las instrucciones al pie de la letra del agente de la Guardia Civil sin vacilaciones ni poniendo en riesgo a ninguno de los presentes en la zona de tiro, pues una estupidez puede suponer en el peor de los casos un accidente irreparable con un arma de fuego y en el mejor de los casos el suspenso disciplinario por poner en riesgo a los allí presentes.

Cuando el agente de la Guardia Civil nos indique una orden nosotros la realizamos en el acto. Lo normal y dependiendo de la ciudad, es que el agente ordene el desarme de la escopeta y que volvamos a montarla. Seguidamente nos ordenarán que alimentemos el arma con los dos cartuchos que en el lugar de tiro nos hayan proporcionado, todo esto con el cañón del arma apuntando hacia la zona de tiro y no hacia otro lugar. De no hacerlo así supondría el suspenso del examen. 
Una vez alimentada el arma el agente nos ordenarán que apuntemos y hagamos fuego hacia el objetivo de disparo, que será de una diana colocada a una distancia prudencial de 25m en la cual debemos de realizar dos disparos consecutivos y plomear el objetivo. En esta prueba no se busca puntuación, solo se incide en el conocimiento del arma y su manejo para su disparo, lo importante de la prueba es que los dos disparos llenen de sobra el objetivo y con ello tendremos nuestro aprobado garantizado.

Consejos y utilidades para el examen teórico

El examen teórico no tiene un temario como tal, lo que la Guardia Civil nos proporciona no es más que los test en si mismo y los cuales debemos de memorizar, con las respuestas marcadas fuertemente en formato "negrita". Para ello, algunas personas con dotes de programación, se han propuesto a realizar aplicaciones para teléfonos móviles para facilitarnos esta tarea. Yo mismo aprobé con esta forma mediante una aplicación móvil y me fue sencillo memorizar todo.
Algunas de las APP son de pago y otras gratuitas y suficientes. También he decir que no hay mucha variedad en este tema en cuanto a aplicaciones, pero os comparto las que me fueron de utilidad en su día.

Esta aplicación es con la que aprobé el examen teórico. Tiene una versión gratuita y una de pago. Creo que fueron 3€ lo que costó y en mi caso compré la versión completa pues así me aseguraba tenerla completa. La podéis descargar desde Google PlayStore o pinchando en la imagen de abajo.



También os dejo un enlace a una carpeta de un servidor online para que podáis descargar el temario completo que proporciona la Guardia Civil, pero todo en un mismo sitio para no volverse loco buscando. 



Consejos para el examen práctico

Un consejo que os transmito es que vayáis preparado al examen práctico con algo de conocimiento sobre el manejo y la seguridad de un arma. Hay muchos que no conocéis a nadie con armas y os sentiréis solos ante esto nuevo que se viene y no por ello hay que temer. En mi caso fue así y seguí los consejos de la Guardia Civil de hacer un curso de instrucción de un día preparatorio del examen práctico con un instructor el cual me fue de maravilla para perder el miedo a la prueba y al primer disparo con un arma de fuego. 

Si no conocéis a nadie que os pueda prestar una escopeta para realizar el examen práctico, podéis alquilar una escopeta en el lugar de realización de la prueba práctica con un coste de unos 20€ a 30€. 


Tasas y papeleo

Para poder realizar todo lo que más arriba os he comentado, necesitamos tramitar todo el papeleo que nos exigen en la Guardia Civil. Debemos de rellenar una instancia de solicitud para tramitarlo y pagar las debidas tasas que se requieren para poder acceder a las pruebas de capacitación.

En la web de la Guardia Civil nos proporcionan todo esto sin ocultamientos ni sospechas. Lo tenemos a simple vista y nos guían hacia el modelo 790 del pago de las tasas para la Agencia Tributaria. 
A continuación os explico el procedimiento de solicitud de las tasas del modelo 790 que nos requiere la Guardia Civil para la constancia del pago de la misma en nuestra entidad bancaria posteriormente.

Como se ve en la imagen, rellenamos el texto aleatorio que nos piden en el recuadro superior y seleccionamos nuestro tipo de documento, en caso de una persona nacida en España se nos requiere el NIF.



Una vez que rellenemos los datos arriba mencionados, nos aparecerá el modelo de tasas 790 el cual deberemos de rellenar con nuestros datos al completo y sin equivocación alguna. En la siguiente imagen os enseño las tres casillas que hay que marcar. 



En el mismo examen que vamos a realizar, podemos adquirir dos tipos de licencia haciendo el mismo examen y prueba sin tener luego que volver a pagar para realizarlo. Estas dos licencias serían las de Caza Mayor de Tipo D y la Licencia de Caza Menor de Tipo E. En el examen que vamos a realizar sería para la obtención de la Tipo E pero habiendo pagado la Tasa de Expedición de la Tipo D, obtenemos ambas haciendo una sola prueba.

En la imagen superior, una vez cumplimentado nuestros datos personales, más abajo en otro apartado que nos indica la "Expedición de Licencias", ahora debemos de marcar con un numero "1" los recuadros enumerados del punto 15 y el punto 17. El apartado numero 15 nos indica "Expedición de licencias de Armas cortas y Largas Rayadas" esto significa que ese trámite nos sirve para la expedición de la Licencia de Arma Corta o denominada de Tipo F o "Deportiva", ahora hablaremos de esta licencia, y para "Armas largas rayadas" que ésta última es para solicitar la Licencia de Caza Mayor o de Tipo D.
En el mismo apartado en el punto 17 nos indica nuevamente el recuadro "Expedición de Licencias de Armas Tipo E (Caza menor) y otras autorizaciones de uso de Armas, la cual tendremos que seleccionar con un "1" para solicitarla. La frase "y otras autorizaciones de Armas" también nos interesaría para solicitar la Autorización Especial o "Licencia" de Armas de Avancarga. Con este trámite obtendríamos tres tipos de licencia en lugar de dos. 

En el siguiente apartado "Expedición de guías y otras autorizaciones" debemos de marcar con un "1" en el recuadro del punto 23 en el que nos indican que es para la "Realización de pruebas de capacitación para la obtención de licencia largas rayadas para caza mayor o de escopetas y armas asimiladas". Este apartado significa que solicitamos a la Guardia Civil la confirmación de las pruebas para el examen teórico y práctico para la obtención de la Licencia de Armas de caza o tiro deportivo bajo las licencias de Tipo D y de Tipo E.

Una vez todo rellenado de buena fe y correctamente, en el ultimo apartado nos aparece la forma de hacer el pago mediante cuenta bancaria o en efectivo, teniendo que presentarnos después en nuestra entidad para hacer efectivo el pago de la misma tasa y obtener así el recibo del pago. Le decimos "calcular importe" y nos indican la cantidad a pagar y este sería el total a pagar para la Agencia Tributaria. 




Como veis en la imagen superior a este comentario. Todo el trámite para solicitar por nuestra cuenta la Licencia de Armas de Caza Mayor (Tipo D) y Caza Menor (Tipo E) nos saldría por la cantidad en euros que estáis viendo; 120,81€. Pero, a esto tenemos que añadirle el coste de la revisión médica a la que tenemos que someternos para que nos den el apto para solicitar todo esto. El precio de la revisión médica puede variar en función de cada Centro Médico, pero oscila de 20€ a 40€. De esto modo podemos hacernos una idea del precio que nos saldría este tipo de licencias y que redondea los 150€ aproximadamente. 

Desde este enlace podréis acceder al modelo del pago de tasas que os he mostrado más arriba y el cual nos proporciona la Guardia Civil desde su web. 

Otra opción a la cual podéis acceder también es la de hacer todo este trámite a través de una Galería de Tiro, Club de Tiro o Federación de Tiro autorizado. Os saldría por algo más de 100€ extras al precio antes mencionado y os ahorráis de los trámites salvo el reconocimiento médico y los exámenes. Una opción más que cómoda para los que no podáis perder una mañana haciendo el papeleo. 



Armas cortas, otra historia



¿A quién de nosotros no nos gustan las armas cortas y pensamos en la imposibilidad de la tenencia y uso de una de forma legal? Pues nos equivocamos, podemos tener una Glock 17 como la que se muestra en la foto, por ejemplo.
Para poder acceder a la oportunidad de la tenencia legal de un Arma Corta tendremos que pasar por un tramite parecido al arriba escrito para con las Armas Largas y Escopetas, pero con algún que otro aliciente económico superior y otro tipo de pruebas.

En la actualidad no poseo la Licencia de Armas Deportiva o de Tipo F, pero como cualquiera, tenemos la posibilidad de poseer la misma siguiendo los pasos que requieren. Para poder acceder a las Armas Cortas tiene que ser mediante un Club de Tiro autorizado y realizar un curso que imparten ellos mismos sobre el manejo, seguridad y limitación de las armas de concurso y también una parte práctica de la cual en España no nos libramos. Este tipo de armas desde un principio son muy costosas debido a que la inversión inicial para disfrutar de ellas es muy alta.
Una vez te asocies a un Club de Tiro y pagues la asociación, el curso y lo apruebes, para poder tener un arma corta en tu domicilio primero has de comprar un Armero de Seguridad Grado 3 de Arma Corta antes de nada. Los armeros de Grado 3 son más caros que los que nos requieren para las Armas Largas Rayadas y para las cuales nos requieren Armeros de Seguridad de Grado 1. Éstos últimos los podemos encontrar desde 200€ para 5 armas y los Armeros de Arma Corta de Grado 3 hasta 800€ nos pueden costar.
Teniendo en cuenta esto, desde que iniciamos el curso y lo finalizamos, han pasado meses hasta que nos llegue nuestra licencia de Tiro Deportivo o F. Muchos usuarios de Arma Corta han comentado en foros de Armas que desde que empezaron hasta que completaron y llegaron la licencia, les ha tardado desde los 6 meses hasta el año completo. Teniendo en cuenta que este tipo de licencia te obliga a participar en Tiradas Oficiales de la Federación para justificar el uso y tenencia del arma, pues se hace tedioso no poder disfrutar del primer año con tu arma propia. Pero es de comprender que este trámite es más complejo debido a la seguridad que nos implica y que nuestro Reglamento de Armas preocupa por la fácil ocultación de este tipo de armas. El proceso es lento y tedioso. 
Como digo, no poseo este tipo de licencia y desconozco el procedimiento interno puesto que cada Club y cada Federación tiene sus normas y sus manías restrictivas, por lo que lo que os diga aquí puede que no sea aplicable en vuestra situación o en vuestro Club de Tiro. 


Licencia C o de Guardería




Existe una opción laboral en la cual nos conceden temporalmente la posibilidad del porte de un arma y es la de la Vigilancia Privada o Vigilantes de Seguridad. Antiguamente los vigilantes de seguridad de comercios y centros disponían de la posibilidad de portar para la función de apoyo en su puesto de trabajo para la seguridad de un arma de fuego. Hace años que esto dejó de ser posible y se limitó a ciertos puestos de seguridad con permisos expedidos por el tipo de trabajo a desempeñar y básicamente se ha visto reducido al personal de seguridad privada del porte de dinero y objetos de gran valor.
En este aspecto no meto a la Escolta Privada puesto que están en otra categoría diferente a la de un Vigilante para nuestras leyes.

Este tipo de licencia se limita a la jornada laboral del usuario que la porta, teniendo que dejarla bajo custodia en su puesto de trabajo en un armario de seguridad. Este usuario no puede tener con esa licencia la potestad del porte y uso de la misma fuera de su horario laboral y sería sancionado por ello si fuera detectado y denunciado.










3 comments:

  1. Muchas gracias, muy bien explicado todo

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    1. De nada! Estamos para ayudarnos. Iré añadiendo más información que me he dejado atrás.

      Saludos

      El Mercenario

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  2. Muchas gracias y 0 dudas, muy completo y de fácil comprensión

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